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  • 31 julio 2024

Cambios en la Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos desde Julio de 2024

A partir de julio de 2024, las empresas que emiten documentos tributarios electrónicos en Chile deberán cumplir con nuevas normativas según la Resolución Exenta SII N°36. El objetivo de estos cambios es garantizar que en la glosa de los documentos tributarios electrónicos emitidos se incluya una descripción clara y sin ambigüedades de los productos o servicios prestados.

 

Este cambio normativo exige que las descripciones de productos o servicios en el campo "Nombre del Ítem" o "Nombre Producto" de los documentos electrónicos, tales como facturas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho, facturas de compra y liquidación de facturas, sean detalladas y claras, evitando abreviaturas y ambigüedades. El incumplimiento de esta nueva normativa puede resultar en multas severas y sanciones.

 

Para adaptarse a estas nuevas normativas, las empresas deberán actualizar sus sistemas y procedimientos internos a tiempo. Es crucial que las compañías revisen y modifiquen sus procesos de emisión de documentos tributarios electrónicos (DTE) para cumplir con los nuevos requerimientos establecidos en la Resolución N° 36 del año 2024.

 

La implementación de estos cambios entra en vigencia el 01 de julio del 2024, por lo que se recomienda a las empresas comenzar a revisar y ajustar sus procedimientos lo antes posible. La principal sanción por no cumplir con estos requisitos está establecida en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario.

 

El Código Tributario establece:

“ (…) 10°.- El no otorgamiento de guías de despacho de facturas, notas de débito, notas de crédito o boletas en los casos y en la forma exigidos por las leyes, el uso de boletas no autorizadas o de facturas, notas de débito, notas de crédito o guías de despacho sin el timbre correspondiente, el fraccionamiento del monto de las ventas o el de otras operaciones para eludir el otorgamiento de boletas, con multa del cincuenta por ciento al quinientos por ciento del monto de la operación, con un mínimo de 2 unidades tributarias mensuales y un máximo de 40 unidades tributarias anuales”.

 

En resumen, es fundamental que las empresas se preparen para estos cambios normativos en la emisión de documentos tributarios electrónicos para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento adecuado de la legislación vigente.

 

Escrito por: María Belén Salvat - Abogada

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