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  • 28 junio 2016

Beneficios y ventajas sobre sociedades en Chile

Crear una sociedad en un día es posible, con la ley actual al año se crean 80.000 empresas o más. La sociedad es un contrato firmado por una o varias personas, dependiendo de cuantos socios haya y del tipo de sociedad, que da como resultado una persona jurídica. Esto funciona como un ente para formar división entre los socios, que son las personas naturales y la persona jurídica, que es la sociedad. La ventaja principal de dicha separación es que, tal vez no te funcione al momento de comenzar un negocio, pero en caso de que resulte, tus bienes personales no están en riesgo, solo lo estará la cantidad que aportaras para formar la sociedad. Según el Ministerio de Economía, en Chile se ha formado una cifra del orden de setenta mil sociedades y en 2013 serían ochenta y cinco mil durante el año 2012. En la anterior década se constituyeron entre veinte mil y cuarenta mil sociedades anuales. En buena medida esto es gracias a la Ley 20.659, el muy considerable aumento de sociedades constituidas entre los años 2011 y 2014, respectivamente. Las compañías fundadas bajo la ley nueva son más o menos unas cuarenta mil. La nueva ley permitirá que en un día se cree una empresa sin ningún costo recalcable. El sistema nuevo es totalmente virtual para que la sociedad se constituya. En este artículo vamos a analizar las clases más recurridas de sociedades por las empresas medianas y pequeñas. Tipos de Empresa en Chile En Chile existen tipos de empresa diferentes, las cuales poseen características, requisitos y trámites propios. Todas ellas corresponden a diferentes necesidades, por lo que determinar cuál es el tipo de sociedad que más te conviene es importante. Por ejemplo, tienes solo una opción, que es una sociedad anónima si tu negocio tiene que ver con bancos o aseguradoras. A continuación, aparecen los cuatro tipos de sociedad que hoy día se utilizan más. S.A - Sociedad Anónima. Constituir una Sociedad Anónima es posible para cualquier persona natural o jurídica. Incluso los extranjeros que tengan RUT. Y al menos dos personas se necesitan para que este tipo de sociedad se constituya. Las Sociedades Anónimas requieren un aporte mínimo de capital que debe ser pagado en el transcurso de los primeros tres años de vida de la sociedad. Este capital se divide en acciones. Una vez al año como mínimo un directorio y una junta de accionistas es requerida por las sociedades anónimas para que el balance del año anterior sea aprobado. Esta junta ordinaria de accionistas debe ser convocada a través de la publicación de un aviso en un y debe ser llevado el resultado a Escritura Pública. Ventajas Aún si alguno de los socios ha muerto se continuará con la empresa. Pueden adquirirse las acciones por transferencia o por herencia. Los aportes van a limitar la responsabilidad de los socios. Por medio la venta las acciones se pueden transmitir, por lo que elevar la cantidad de ingresos y socios es sencillo. Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobre los bienes de los accionistas. En bolsa es operable. Desventajas Para ser formadas necesitan mínimamente de un capital. Requiere de organización en una manera más complicada, una junta anual de accionistas es como mínimo un requisito. Comparándola con las demás sociedades los costos de constitución son más altos. La ley establece que tiene una cantidad mayor de procesos, trámites y requerimientos. SRL - Sociedad de Responsabilidad Limitada Cualquier empresa o persona natural es capaz de formar una sociedad de responsabilidad limitada. Incluso los extranjeros titulares de un RUT. Y para poder constituir este tipo de sociedad se necesitan dos personas por lo menos y un máximo de cincuenta personas puede ser alcanzado. El que se pague el capital social al momento de que la sociedad sea constituida no es un requisito de las Sociedades de Responsabilidad Limitada. En participaciones sociales se divide este capital. Una de las más importantes características de esta clase de sociedades es que se requiere del acuerdo de los socios para que la sociedad sea administrada y se tomen decisiones, puesto que crear un directorio no es un requisito. Ventajas Para compañías medianas y pequeñas una modalidad apropiada. Comparándolo con las sociedades anónimas, es más flexible el régimen jurídico. El capital que los socios hayan aportado limitará sus responsabilidades por las deudas. Entre los socios hay una enorme libertad de acuerdos. Es muy reducido el capital mínimo social. El capital se puede aportar con dinero o en bienes. Un administrador puede ser nombrado con carácter indefinido. Sin necesidad de que los estatutos se modifiquen un órgano de administración se puede formar de diferentes maneras. El ingreso de personas extrañas a la sociedad se puede controlar. Se puede establecer un salario y una participación en cuanto a los correspondientes beneficios para los socios que operen en la empres. Desventajas La transmisión de las participaciones sociales es restringida, salvo cuando el que adquiere las participaciones sea un familiar del socio que las transfiere. Para que las participaciones sean transmitidas no existe libertad. Realizar, para transmitir los participantes, una escritura pública es necesario. Queda limitada al patrimonio social la garantía de los acreedores sociales. Siempre se podrán identificar a los socios. Las obligaciones no pueden ser emitidas. En bolsas no se puede cotizar. SPA - Sociedad por Acciones Esta clase de sociedades son una mezcla entre las sociedades de responsabilidades limitadas y las sociedades anónimas. Es menos compleja que una sociedad anónima pero tiene la misma flexibilidad, ya que formar una junta de accionistas o establecer un directorio no es necesario. No obstante, sin que los estatutos tengan que cambiarse, aumentar el capital y el número de socios es muy fácil en comparación a una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Incluyendo a los extranjeros con definitiva residencia que sean titulares de un RUT, todas las empresas o personas naturales pueden fundar este tipo de sociedad. Y solo es necesaria una persona para que este tipo de sociedad se constituya. Ventajas El procedimiento de constitución requiere de menos formalismos que otros tipos de sociedades. Por el estatuto social se rige este capital y es dividido en acciones. Ni las juntas de accionistas ni los libros de sesiones de directorio son requisito como lo son en las sociedades anónimas. Sin necesidad de que los demás socios o accionistas lo aprueben, los accionistas tienen derecho a ceder y vender sus cargos a quienes consideren convenientes. los socios cuentan con una responsabilidad limitada del monto al valor de las acciones que aporten. Permite que más accionistas se incorporen de una manera más simple. Desventajas En este tipo de sociedades la libertad de acción es un medio para que ocurran problemas para administrar el interior de la sociedad. En bolsas no se puede cotizar. EIRL - Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Cualquier empresa o persona natural es capaz de formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Incluso los extranjeros con residencias definitivas que posean un RUT. Es una sociedad conformada por una sola persona como indica su nombre, y llevará un nombre de fantasía que tenga que ver con el artículo o su nombre propio. Ventajas Hallar a un socio para que las responsabilidades limitadas de las deudas por la gestión comercial que realices se establezcan no es necesario. Para las personas de primera categoría jurídicas la base imponible es más baja que para las personas naturales. Para constituir este tipo de sociedades no existe capital mínimo. Desventajas A la hora de solicitar un préstamo en un banco determinado o pedir que una cuenta corriente sea abierta pueden ocurrir inconvenientes en el procedimiento. CONSTITUYENDO UNA SOCIEDAD Son organizaciones con fines lucrativos y poseen una personalidad legal diferente a la que poseen los socios. Aquí las corporaciones y fundaciones quedan afuera. Las sociedades pueden ser de capitales o de personas. A las personas que la integran y la de capitales en razón de los aportes se constituyen las de personas en atención, por lo cual los socios pueden modificarse sin que los demás lo aprueben, lo cual precisamente ocurre en las sociedades anónimas en esta última. Existen sociedades mixtas como las que comandan las acciones. Las sociedades de personas requieren el consentimiento de cada uno de los socios en el contrato para formarla, cambiarla o desaparecerla. En cambio el acuerdo de las mayorías sobre las minorías es suficiente en las sociedades de capitales. Las sociedades en Chile pueden contar con cualquier artículo para lucrarse siempre que la ley no lo contraríe, así como las buenas costumbres y la moral. No obstante, la ley ha exigido que ciertas sociedades especiales de objeto pueden revestir sólo una determinada forma, están sometidas en general a la autoridad y su control las sociedades anónimas, y comúnmente, es el caso de compañías como las aseguradoras, los bancos, los institutos financieros, las administradoras de fondos pensionarios, de fondos de inversión o de fondos mutuos, instituciones previsionales para la salud, agentes de valores, bolsas comerciales y sus respectivos corredores se hallan en esta categoría en menor medida. Además, exceptuando algunas de las sociedades especiales anónimas, la ley de Chile por norma general no requiere un mínimo capital para que una sociedad se constituya. TIPOS DE SOCIEDADES DE CHILE Sociedades Civiles En las sociedades civiles colectivas incluso los socios atienden con su patrimonio personal, por regla general los acuerdos se toman con unanimidad y a los demás socios grava la cuota del insolvente. Sociedades Comerciales Sociedad Colectiva Comercial. La solemnidad está presente en el contrato de constitución, por escritura pública se prueba y se crea, en el registro comercial se escribe dicho extracto. El nombre completo de los socios, al ser un contrato que en atención de las personas se celebra junto con el domicilio social, el conservador de los bienes raíces será quien determine la misma, para definir la legislación aplicable la nacionalidad de la sociedad y los tribunales de Justicia son las menciones esenciales. Los socios, en solidaridad de las obligaciones contraídas sociales responden bajo la razón social, es decir que a cualquier socio se le puede perseguir para que una obligación social sea cumplida. Sociedad de Responsabilidad Limitada. En estas sociedades de personas hasta el monto de los aportes es contestado por los mismos socios que conforman la misma sociedad. La sociedad de responsabilidad limitada, bien sea comercial o sea civil, siempre es solemne, debe poseer una escritura pública, en el registro comercial dicho extracto debe ser inscrito y después de esto tendrá que ser publicado en el diario oficial. Las acciones sociales son todos esos actos que deben cumplir con las mismas formalidades que la constitución establece. En lo que no se previene en la ley que habla sobre las sociedades de responsabilidad limitada se rigen en su totalidad por las reglas comunes de la sociedad que en el código comercial y en el código civil se encuentran en contemplación. Sociedad Anónima. En la ley se define, creada por la formación de un fondo común como una persona jurídica, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. La sociedad anónima cuenta con las mismas características que todas las demás sociedades: Una persona jurídica la comanda, los aportes de los socios y los accionistas son entregados como bienes estimados en dinero o en dinero como totalidad, sus fines son de lucro, el fondo que los accionistas suele constituir soporta las pérdidas, pero es diferente a todas las demás, ya que las acciones que cuentan con un título son las que representan a los derechos de los socios. Dos organismos ligados al directorio y a la junta de accionistas son los que van a efectuar la administración y para ello asignarán a un gerente. En acciones de libre cesibilidad son representados los derechos de los socios. Aún cuando se formen para fines civiles siempre son comerciales dichas sociedades.

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