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Al momento de fallecer un ser querido lo último en nuestra mente es preocuparnos por trámites legales. Las necesidades inmediatas y la tristeza que la partida de esa persona nos pueda ocasionar son lo mas importante en el momento inmediatamente posterior a la muerte. Pero una vez que haya pasado el choque inicial no podremos seguir postergando asuntos legales como es la posesión efectiva, la cual constituye un trámite esencial que permite a los herederos tomar posesión de los bienes del difunto y disponer de ellos como mejor les parezca. Ahora bien, la posesión efectiva puede ser de dos clases, testada o intestada (es decir, dependerá si el difunto dejo o no testamento). En caso de que exista testamento el tramite deberá iniciarse ante el Tribunal Civil del último domicilio del difunto y se requerirá del patrocinio de un abogado, mientras que si no existe testamento el trámite se iniciará ante el Registro Civil del último domicilio del causante . Aquí les damos algunos consejos comunes para ambos tipos de posesión efectiva que les permitirán llegar un poco más preparados al iniciar el trámite: ? En primer lugar, las posesiones efectivas deben hacerse en orden, por lo que si existen posesiones efectivas pendientes de otros familiares fallecidos deberán hacerse estas primero. - Reunir datos personales de todos los herederos del causante (incluso los fallecidos). - Reunir información de los bienes del fallecido (datos de inscripción en Conservador de Bienes Raíces y Certificado de Avalúo Fiscal). - Reunir información de deudas del fallecido si las hubiere. - Solicitar formulario de posesión efectiva en Registro Civil o contactar un abogado para iniciar trámite ante Tribunales de Justicia. - A pesar de tratarse de casos de posesión efectiva intestada usted de igual manera podrá contratar los servicios de un abogado que realice todo el trámite por usted, ya que muchas veces por motivo del delicado momento que pasa la familia afectada será mejor dejar todo en manos de un profesional que podrá encargarse de la tramitación de forma íntegra para mayor tranquilidad de la familia. En este caso sólo será necesario otorgar un mandato especial (sólo para la tramitación de la posesión efectiva) ante Notario al abogado para que lo represente en las diversas instituciones involucradas en este asunto. Con lo anteriormente mencionado usted estará mas orientado para comenzar este esencial trámite.