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  • 08 abril 2016

Cónyuge continúa viviendo en mi propiedad

Lo usual al producirse una separación es que uno de los cónyuges abandone el hogar común a fin de dar inicio al cese de convivencia que la ley exige para solicitar luego el divorcio. Sin embargo, ¿Qué sucede si el cónyuge que deja la propiedad es el dueño de la casa? ¿Que acciones tiene el cónyuge dueño para expulsar de la casa a su marido o mujer si este no quiere abandonarla voluntariamente? El matrimonio, como institución, contempla una serie de derechos y deberes entre las partes que no son sólo meramente económicos o patrimoniales, sino que también morales. Uno de estos derechos es justamente el de co-habitación entre marido o mujer o de proveerse lo necesario para su subsistencia. Así entonces, existiendo matrimonio y sin importar el régimen de matrimonio vigente (sociedad conyugal o separación de bienes) cualquiera de los cónyuges tiene pleno derecho a habitar la casa propiedad del otro cónyuge, no existiendo una acción jurídica o posibilidad de demandar judicialmente su salida. Obviamente si existen casos de violencia intrafamiliar, es la ley la que contempla la posibilidad de que se ordene la salida del hogar respecto de quien ejerce actos de violencia, pero esto se trata de una ley especial y una solicitud que sólo puede iniciarse en el caso de existir violencia. Así entonces, de no existir violencia y de querer sacar del hogar que era común al cónyuge que allí habita luego de la separación, se debe esperar el plazo de cese de convivencia legal y sólo una vez declarado el divorcio, es decir, no habiendo matrimonio, se pueden ejercer acciones civiles para solicitar la expulsión de este.

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