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El juicio de arrendamiento es uno de los procedimientos mas abreviados que contempla nuestro ordenamiento jurídico en el ámbito civil. Todo ello con la intención de dar una solución mas rápida a los conflictos entre arrendador y arrendatario, encontrándose regulado por la ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos. Si bien es posible lograr que un arrendatario moroso haga abandono de la propiedad dentro de un periodo de meses, una vez que esto sucede es complejo cobrar las rentas impagas a pesar de que la sentencia del tribunal lo haya condenado a ello. Lo anterior puesto que para cobrar esta rentas impagas judicialmente se requiere notificar el cumplimiento de la sentencia, lo cual requiere un domicilio del demandado. Lo mas habitual es que el arrendatario haga abandono de la propiedad en absoluta clandestinidad, por lo que no se tendrá conocimiento de su nuevo domicilio y sin este domicilio no se podrá ejercer acción legal alguna. Es por lo anterior que el objetivo de este tipo de procedimientos debe estar en sacar al arrendatario moroso dentro del plazo mas corto posible y evitar que siga adeudando rentas pero no en el cobro de las mismas.