El 5 de julio pasado entró en vigencia la Ley Corta Antidelincuencia y la modificación más llamativa fue que ahora los inspectores municipales tendrán la capacidad de exigir la cédula de identidad, el permiso de conducir en el caso de un parte vehicular y en un local poder pedir la patente de alcoholes. Pero, Qué pasa si me niego?, será detenido, tendrá un control de identidad y después una multa. El nuevo inciso 3 del artículo 496 del Código Penal establece que sufrirá la pena de multa de una a cuatro UTM el que impidiere el ejercicio de las funciones fiscalizadoras de los inspectores municipales. Esto es casi un máximo de 170.900 pesos. Antes si los inspectores veían a una persona cometiendo una falta podían dejarle un parte y solamente pedirle la cédula de identidad si se encontraban con una carabinero a su lado. Ahora con la nueva normativa, si la persona se niega a mostrar uno de sus documentos, el inspector puede ir a buscar a un policía para que lo detengan por no concretar esa acción acompañado de una multa. La gran crítica que se realiza a este nuevo proyecto es el criterio con el cual van a actuar, debido al bajo nivel de la capacitación requerida para esta labor . Nadie da garantías del uso correcto de esta nueva atribución.
Luis Sanhueza
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17 julio 2026