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  • 20 mayo 2015

Lo que debe saber si tiene contratada una trabajadora de casa particular

La nueva ley que regula las condiciones de trabajo de las trabajadoras de casa particular entró en vigencia en el mes de enero del 2015. A pesar de ello aún existen muchas dudas en cuanto a su aplicación en la práctica. Aquí unos datos para entender y aplicar mejor esta ley: - Resulta obligatoria la celebración de contrato de trabajo entre el empleador y la trabajadora de casa particular (aún cuando sólo cumplan jornada parcial o de algunas horas a la semana). - Una vez firmado el contrato entre las partes este deberá ser enviado a la Inspección del Trabajo dentro de un plazo de 15 días (esto se puede hacer por internet en la pagina del Ministerio del Trabajo). - En caso de que el trabajador ejerza una jornada completa no podrá recibir una remuneración por debajo del sueldo mínimo legal. ? El empleador deberá pagar al trabajador las cotizaciones previsionales y el plan de salud correspondiente más el 4,11% del sueldo en AFP por concepto de indemnización a todo evento (este porcentaje se paga en reemplazo de la indemnización por años de servicio). - El máximo de horas laborales será de 45 horas semanales distribuidas en 6 días de la semana con 30 minutos de colación. Las horas extras deberán pagarse con un 50% de recargo. - Las vacaciones serán de 15 días hábiles. - En caso de enfermedad existirá la obligación por parte del empleador de guardar el puesto del trabajador por el plazo de 15 días si la persona lleva trabajando más de 12 meses. - El fuero maternal será de 6 semanas antes del parto y 12 semanas después del parto. - En caso de ponerse término al contrato de trabajo deberá hacerse finiquito por escrito y ratificado por la Inspección del Trabajo. Si necesita más antecedentes respecto de este tipo de contrato de trabajo u otra materia laboral no dude en contactarse con nosotros a través de nuestro formulario de contacto.

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