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Actualmente, el alimentante que no cumpla con su obligación de alimentos esta sujeto a ser apremiado mediante órdenes de arresto (nocturno por 15 días), arraigo nacional y suspensión de licencia de conducir. Sin embargo, un proyecto de ley que se encuentra en trámite en la Cámara de diputados propone aumentar estas medidas permitiendo, entre otras, la inclusión de esta falta de pago en el certificado de antecedentes del deudor. Asimismo, en la aplicación de la medida de arraigo nacional permite que los funcionarios de aduanas de control fronterizo puedan proceder a la retención de las mercancías que el deudor porte a fin de rematar estas y entregar el producto de dicho remate para ser imputado a la deuda. Otro inconveniente que se suscita en el cumplimiento de estas pensiones es que ante la falta de pago y la acumulación de deuda el deudor solicite el pago de esta en cuotas, cuotas cuya regulación quedaban entregadas a la voluntad de las partes o a la resolución del juez. Respecto a este punto, la moción también propone que las cuotas por las cuales se pacte la deuda de alimentos no podrán ser inferiores al 50% del monto de la pensión a fin de evitar pagos prolongados e inefectivos.