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Si prefiere escuchar esta noticia, acceda al siguiente enlace:https://www.youtube.com/watch?v=f-KiTy29k8c De acuerdo a los datos que entregó el Registro Civil, en lo que va de este año, 24.839 personas han modificado su nombre o apellido. La ley permite cambiarse de nombre sólo en cinco casos específicos. Los casos son los siguientes: Cuando los nombres o apellidos sean rídiculos, risibles o causen a su titular menoscabo moral o material”, Cuando la persona ha sido conocida, durante más de 5 años, con nombres o apellidos distintos a los consignados en su inscripción de nacimiento”. Cuando el nombre no es de origen español, para castellanizar o modificar su pronunciación o escritura" "Cuando tiene más de un nombre propio y quiere suprimir los que no ha usado por más de 5 años”. Cuando la persona, por no tener determinada su filiación, fue inscrita con un solo apellido o con dos apellidos repetidos, y quiere pedir que se agregue un apellido o se cambie uno de los repetidos”. La solicitud de cambio de nombre se debe realizar con el Juzgado de Letras respectivo, a través de un abogado y la decisión final corresponde exclusivamente al juez. Por último, El Registro Civil puede oponerse a inscribir un nombre extravagante o ridículo, impropio de personas, equívoco respecto del sexo o contrario al buen lenguaje a un recién nacido.