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Específicamente las complicaciones se presentan cuando es solo uno de los padres quien solicita la eliminación o cambio de apellido de su hijo en razón del abandono o la inexistencia total del otro padre en la vida del menor. El argumento usado en estos casos es que el niño se ve menoscabado por llevar el apellido del padre o madre que lo abandono o con el cual no tiene vinculación emocional alguna, sumado al hecho de que probablemente el menor ocupe otro apellido en la actualidad en su ámbito personal. En estos casos, además de los tramites habituales que ordena la ley en el procedimiento de cambio de nombre y/o apellido, es probable que el tribunal además ordene notificar del procedimiento al padre o madre legal del menor. Ello con la intención de dar la oportunidad a esta persona de expresar lo que considere pertinente y de oponerse incluso al cambio. En caso de que este padre o madre se oponga al cambio de nombre y/o apellido no existirá certeza del resultado del juicio, puesto que la ley que regula la materia no otorga un criterio en estos casos, por lo que la decisión final quedara en manos del juez.