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Las leyes que regulan este derecho, indican expresamente que todo monto de alimentos es esencialmente revisable, lo que se realiza a través del inicio de un procedimiento ante tribunales de justicia. El requisito que la ley impone, en el caso particular, para demandar un aumento de alimentos es que exista un cambio de circunstancias entre la situación existente al momento de regular la pensión que se pretende aumentar y la actualidad. Así es como entonces, la variación (aumento) en los gastos de un hijo es argumento para solicitar se aumenten las pensiones vigentes. Obviamente, previo realizar esta gestión deberá realizarse un análisis respecto de la conveniencia económica de iniciar este juicio. Por ejemplo: si la persona a la que pretendemos demandar paga ya el tope legal de pensiones, será imposible poder obtener un monto mayor al que ya se tiene, o si se cuenta con un análisis de la situación que haga concluir que se requieren menos alimentos de los que se encuentran pagando. En el caso de realizar dicho análisis y considerar que cumple con los requisitos para ello, debe citar a la persona que demandará a una mediación. Sólo en el caso que esta se frustre, puede demandar ante tribunales con ayuda de un abogado.