Empresa 23 marzo 2026

¿Tu empresa está lista para las 42 horas?

¿Tu empresa está lista para las 42 horas?
23 marzo 2026

A partir del 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima en Chile se reducirá a 42 horas semanales. Se trata de la siguiente etapa de implementación de la Ley N.º 21.561, que inició su aplicación en 2024 con la reducción de 45 a 44 horas y que continuará hasta llegar a 40 horas semanales en 2028.

Para las empresas, esto no es una alternativa ni una decisión voluntaria: es una obligación legal que exige revisar y ajustar las jornadas de trabajo. Si una organización aún no realizó la adecuación que correspondía en 2024, ya se encuentra atrasada y debería regularizar su situación a la brevedad.

La buena noticia es que el cambio no implica reorganizar completamente la empresa. En la mayoría de los casos, basta con revisar la jornada actual de los trabajadores, definir cómo se aplicará la rebaja y dejar el ajuste correctamente documentado.

1. Revisar la jornada actual de cada trabajador

El primer paso es revisar cuántas horas trabaja actualmente cada persona y cómo se distribuyen en la semana. Sobre esa base se determina el ajuste necesario.

En términos simples:

  • Si el trabajador ya tiene 42 horas o menos, no es necesario reducir más en esta etapa.

     
  • Si tiene 43 horas, debe reducirse 1 hora semanal.

     
  • Si tiene 44 horas, debe reducirse 2 horas semanales.

     
  • Si aún mantiene 45 horas, debe reducirse 3 horas semanales, ya que esa jornada debió haberse ajustado en 2024.


     

2. Intentar acordar la rebaja con los trabajadores

La ley privilegia que el cambio se realice de común acuerdo.

  • Si existe sindicato, el ajuste se acuerda con la organización respecto de sus afiliados.

     
  • Si no hay sindicato, se puede acordar directamente con cada trabajador.


     

Lo esencial es que el acuerdo quede por escrito. Y si no se logra acuerdo, también es recomendable que la empresa deje respaldo de la propuesta formal realizada al trabajador.

3. Si no hay acuerdo, la empresa puede ajustar la jornada

Cuando no se alcanza un acuerdo, la Dirección del Trabajo permite que la empresa realice la adecuación utilizando una fórmula objetiva de distribución de la rebaja.

Por ejemplo:

  • 44 horas en 5 días: rebajar 1 hora en 2 días.

     
  • 44 horas en 6 días: rebajar 50 minutos en 2 días y 20 minutos en otro día.

     
  • 43 horas en 5 días: rebajar 1 hora en 1 día.

     
  • 43 horas en 6 días: rebajar 50 minutos en 1 día y 10 minutos en otro día.

     
  • 45 horas en 5 días: rebajar 1 hora en 3 días.

     
  • 45 horas en 6 días: rebajar 50 minutos en 3 días y 30 minutos en otro día.


     

Un punto relevante es que, si no hay acuerdo, la reducción debe aplicarse al final de la jornada diaria, es decir, permitiendo que el trabajador termine antes su jornada en los días en que se aplique la rebaja.

En la práctica, esto puede significar ajustes simples. Por ejemplo:

  • Si un trabajador tiene una jornada de 44 horas de lunes a viernes, la empresa podría hacer que salga una hora antes dos días a la semana.

     
  • Si trabaja 43 horas de lunes a viernes, bastará con que salga una hora antes un día a la semana.


     

4. Límites que la empresa debe respetar

La reducción de jornada tiene reglas claras:

  • No se pueden reducir los sueldos como consecuencia de la rebaja.

     
  • No se puede “simular” la reducción disminuyendo el tiempo de colación.


     

La rebaja debe reflejarse en menos tiempo efectivo de trabajo.

5. Orden administrativo

Aunque la ley establece que la rebaja se entiende incorporada automáticamente a los contratos, reglamentos internos e instrumentos colectivos, en la práctica es recomendable actualizar la documentación interna.

Esto incluye:

  • anexos de contratos de trabajo con la nueva jornada,

     
  • reglamento interno,

     
  • sistemas de control de asistencia.


     

Tener estos documentos actualizados reduce el riesgo de fiscalizaciones, multas o conflictos laborales.

En síntesis

Para cumplir con la etapa de 42 horas semanales, el camino para las empresas es claro:

  1. Revisar las jornadas actuales.

     
  2. Proponer el ajuste por escrito.

     
  3. Si no hay acuerdo, aplicar la fórmula objetiva correspondiente reduciendo el tiempo al final de la jornada.

     
  4. Actualizar la documentación interna.


     

Desde nuestro estudio jurídico apoyamos a empresas para garantizar el pleno cumplimiento de la normativa laboral y de la doctrina de la Dirección del Trabajo. No deje la estabilidad de su empresa al azar: contáctenos y asegure una transición ordenada hacia la jornada de 42 horas.

Temas: 42 horas semanales